La crónica es el centro de esta maestría: un género que permite reconstruir realidades conflictivas, contradictorias y llenas de matices. El posgrado está pensado para profesionales de la comunicación y de otros campos que quieran narrar lo contemporáneo con rigor informativo y profundidad conceptual.
Quien egresa puede detectar historias y narrarlas con un estilo propio, desde la preproducción, el trabajo de campo y la investigación hasta la edición y el manejo de herramientas multimedia, explotando los lenguajes visuales e hipermediales de la crónica.
La propuesta recupera la tradición de la crónica latinoamericana, que académicos como Ángel Rama, Julio Ramos, Susana Rotker o María Moreno sacaron del lugar de género menor, y revisita con sentido crítico la literatura realista. Se apoya además en la experiencia de la UNSAM con la revista digital Anfibia, donde literatura, periodismo y ciencias sociales se cruzan en textos, imágenes y productos multimedia.
El recorrido se ordena en cuatro ejes: Narrativas, con talleres de producción; Teoría Social, con aportes de la sociología, la antropología, la economía y la ciencia política; Teoría Literaria, centrada en la literatura latinoamericana y universal; y un eje Metodológico que acompaña el proyecto de escritura desde el inicio. Incluye una Práctica Profesional Supervisada en empresas, medios e instituciones, y un trabajo final que consiste en una producción periodístico-literaria.
848 horas
Se requiere título de grado universitario de más de cuatro años de duración y 2600 horas en disciplinas afines, como Comunicación, Sociología, Educación, Letras, Antropología, Filosofía, Periodismo o Artes. También pueden postularse graduados de otras disciplinas vinculadas profesionalmente con la temática, graduados de universidades extranjeras con carreras de al menos cuatro años y egresados de estudios superiores no universitarios de cuatro años como mínimo. Las excepciones las evalúa el Comité Académico de la carrera según los antecedentes del postulante.
Acreditada por CONEAU — Dictamen CONEAU N° 67674446; RM 201/23